Una baldosa levantada, un agujero en la acera, un desnivel que apenas se ve o una tapa mal colocada pueden acabar provocando una caída y una lesión. Pero, si esto ocurre en una calle de Mallorca, ¿quién se hace responsable? ¿Puede el Ayuntamiento tener que indemnizarte?

La respuesta es: sí, en determinadas circunstancias.

No basta con demostrar que te has caído en la vía pública. Hay que acreditar que existe un desperfecto o una deficiencia en la calle, que ese problema tuvo relación directa con la caída y que la lesión sufrida está debidamente acreditada.

¿Cuándo puede corresponder una indemnización?

Las Administraciones Públicas tienen responsabilidad sobre la conservación y mantenimiento de los espacios públicos que gestionan. Cuando el estado de una vía provoca un daño que el ciudadano no tiene obligación de soportar, puede existir responsabilidad patrimonial.

Por ejemplo, podría ser reclamable una caída provocada por:

  • Una baldosa rota o hundida.
  • Un agujero en la acera.
  • Un desnivel considerable.
  • Pavimento levantado por las raíces de un árbol.
  • Una tapa o registro defectuoso.
  • Una zona deteriorada sin señalizar.
  • Un obstáculo situado en una zona de paso.
  • Una obra que no esté correctamente protegida o señalizada.

La legislación exige que exista una relación entre el funcionamiento del servicio público y el daño producido. Es decir, no se indemniza automáticamente cualquier caída ocurrida en una calle.

No todas las caídas dan derecho a cobrar

Este es uno de los aspectos más importantes. Que una persona tropiece en una acera no significa automáticamente que el Ayuntamiento tenga que pagar una indemnización. Hay que demostrar que el defecto de la vía tenía suficiente entidad y que fue realmente la causa de la caída.

El Consejo de Estado ha analizado numerosos casos de personas que sufrieron accidentes en aceras y calles. En algunos se ha reconocido la relación entre el estado de la vía y las lesiones, mientras que en otros se ha considerado que el defecto no era suficiente para atribuir la responsabilidad a la Administración.

Por eso resulta fundamental recopilar pruebas desde el primer momento.

¿Qué hacer inmediatamente después de una caída?

Si acabas de sufrir una caída en la calle y crees que se debe al mal estado de la vía, no te limites a levantarte y marcharte. Lo primero es fotografiar el lugar.

Haz fotografías del punto exacto donde has caído y del desperfecto que aparentemente ha provocado el accidente. Es recomendable hacer fotografías cercanas y también otras más alejadas, en las que pueda identificarse claramente la calle.

Si existe un agujero o desnivel, puede ser útil incluir algún objeto que permita apreciar sus dimensiones, siempre sin alterar el lugar.

También conviene fotografiar:

  • El estado general de la acera.
  • La ausencia de señalización.
  • Obras o elementos próximos.
  • El número de la calle o edificios cercanos.
  • La iluminación, si la caída ocurrió de noche.
  • Las lesiones visibles, si las hubiera.

Los testigos pueden ser muy importantes

Si otras personas presenciaron la caída, intenta conseguir sus datos de contacto. Un testigo puede ayudar posteriormente a acreditar cómo ocurrió el accidente, especialmente si existe discusión sobre la causa de la caída.

También puede ser útil avisar a la Policía Local o a los servicios municipales cuando las circunstancias lo permitan, especialmente si el desperfecto supone un riesgo evidente para otros peatones.

Acude al médico aunque parezca una lesión leve

Después de una caída, algunas lesiones pueden aparecer o empeorar horas después. Si tienes dolor, inflamación, una herida o cualquier otra lesión, es importante recibir asistencia médica y conservar el informe.

Cuando seas atendido, explica cómo se produjo la caída y dónde ocurrió. La documentación médica será una de las principales pruebas para acreditar que existe una lesión y cuál ha sido su alcance. Además, debes conservar todos los documentos relacionados con el accidente: informes, pruebas diagnósticas, tratamientos, medicamentos, rehabilitación y cualquier otro gasto que pueda estar relacionado.

¿A quién hay que reclamar en Mallorca?

Dependerá de quién sea responsable de la conservación del lugar donde ocurrió la caída. Si se trata de una calle o acera de competencia municipal, normalmente la reclamación se dirige al Ayuntamiento correspondiente.

En otros casos, la responsabilidad puede corresponder a otra Administración, por ejemplo cuando el espacio pertenece o está gestionado por otra entidad pública. Por eso conviene identificar primero quién tiene competencia sobre esa vía.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

La regla general establece un plazo de un año para solicitar responsabilidad patrimonial. En el caso de daños físicos o psíquicos, el plazo comienza a contar desde la curación o desde la determinación del alcance de las secuelas.

Esto no significa que sea recomendable esperar. Cuanto antes se recopilen fotografías, informes médicos, testigos y otros elementos de prueba, más fácil puede resultar acreditar lo ocurrido.

¿Qué debe incluir la reclamación?

La reclamación debe explicar de forma clara qué ocurrió y aportar las pruebas disponibles.

La Ley 39/2015 establece que deben especificarse, entre otros aspectos, las lesiones producidas, la relación que se considera existente entre esas lesiones y el funcionamiento del servicio público, el momento en que ocurrió el accidente y, cuando sea posible, la valoración económica del daño. También deben aportarse los documentos y pruebas correspondientes.

Por tanto, una reclamación debería incluir información como:

InformaciónQué aportar
LugarCalle, número y municipio
Fecha y horaMomento aproximado de la caída
MotivoBaldosa, agujero, desnivel, obra, etc.
LesionesInformes y documentación médica
FotografíasEstado de la vía y desperfecto
TestigosNombre y datos de contacto
GastosFacturas y justificantes
PerjuiciosDías de baja, secuelas u otros daños

¿Cuánto dinero pueden indemnizarme?

No existe una cantidad fija para todas las caídas.

La indemnización dependerá de las lesiones y de las circunstancias concretas del accidente. Para valorar daños corporales pueden utilizarse como referencia los baremos establecidos en la normativa aplicable a los accidentes de circulación y otros criterios legalmente previstos. La legislación también contempla la actualización de la indemnización hasta la finalización del procedimiento.

Por eso no es posible decir que una caída en una acera rota vale, por ejemplo, una cantidad determinada sin conocer las lesiones, el tiempo de recuperación y las posibles secuelas. Una caída con un simple golpe y una caída que provoca una fractura pueden tener consecuencias económicas completamente diferentes.

¿Y si el Ayuntamiento dice que no es responsable?

La Administración puede rechazar la reclamación si considera que no se ha demostrado la relación entre el desperfecto y la caída, que el defecto no tenía entidad suficiente o que existen otras circunstancias que rompen esa relación causal.

El Consejo de Estado ha señalado precisamente que la responsabilidad patrimonial no nace automáticamente cada vez que alguien resulta lesionado durante el funcionamiento de un servicio público: debe existir un nexo causal entre ese funcionamiento y el daño.

Si la lesión es importante o la Administración rechaza la reclamación, puede ser conveniente consultar con un abogado especializado en responsabilidad patrimonial antes de continuar por la vía correspondiente.

Si te has caído en una calle de Mallorca

Si la caída acaba de ocurrirte, lo más importante es no perder las pruebas. Haz fotografías del lugar, identifica exactamente dónde ocurrió, busca testigos, recibe atención médica si tienes lesiones y conserva toda la documentación.

Después habrá que determinar qué Administración es responsable de esa vía y presentar la correspondiente reclamación de responsabilidad patrimonial.

En definitiva, sí puedes tener derecho a una indemnización por una caída en la calle, pero no por el simple hecho de haberte caído. Lo fundamental será demostrar que existía un defecto relevante en la vía, que ese defecto provocó la caída y que como consecuencia sufriste un daño que puede acreditarse.

Y si el desperfecto continúa allí, no solo puede ser importante para tu reclamación: también conviene comunicarlo para evitar que otra persona termine sufriendo el mismo accidente.

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